Exoneración de deudas: qué es y cómo conseguirla

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abogados asesorando sobre exoneración de deudas

La exoneración de deudas hace referencia a la liberación  del deudor de su obligación de pago de la deuda pendiente. Esto se consigue gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo legal para aquellas personas físicas, particulares y autónomos, que se encuentren en situación de insolvencia y no puedan hacerse cargo de sus obligaciones de pago. Esta ley habilita distintas vías para liberarse de ellas total o parcialmente, y así poder comenzar de cero.

A continuación, te contamos detenidamente los requisitos para acceder a la exoneración, los tipos de deudas que se pueden exonerar y cómo conseguirla.

¿Dónde se regula la exoneración de deudas?

La segunda oportunidad se introdujo con la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, vigente desde el 30 de julio de 2015.

El mecanismo de segunda oportunidad se ha modificado en varias ocasiones en los últimos años, siendo la reforma más reciente la llevada a cabo por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma de texto refundido de la Ley Concursal, en vigor desde el 26 de septiembre de 2022.

Requisitos para acogerse a la exoneración

Los requisitos para acogerse a la ley de Segunda Oportunidad en 2024 y poder aspirar a la exoneración de deudas son: 

  • Residencia legal en España.
  • Encontrarse en situación de insolvencia, es decir, no poder cumplir con las obligaciones de pago. 
  • Tener al menos dos acreedores distintos, como bancos, empresas, Hacienda, particulares o la Seguridad Social.
  • Colaborar con el juzgado, aportando toda la información y documentación requerida, sin ocultar datos ni la existencia de patrimonio.
  • No encontrarse en los siguientes supuestos:
    • Haber sido condenado por ciertos delitos (robos, hurtos, estafas, falsedad documental, delito contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores…).
    • Haber sido sancionado por infracción tributaria muy grave en los últimos 10 años.
    • Haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación culpable del concurso de un tercero.

Tipos de deudas que se pueden exonerar

En la Ley de Segunda Oportunidad se permite la exoneración de diferentes tipos de deuda, adaptándose a las circunstancias específicas de cada deudor. En términos generales, las deudas que se pueden exonerar con la ley son:

  • Deudas privadas (préstamos personales, deudas con proveedores, tarjetas de crédito…).
  • Deudas con acreedores particulares.
  • Deudas hipotecarias.
  • Deudas con Administraciones Públicas (Hacienda y la Seguridad Social).
persona con calculadora y bote de monedas calculando la exoneración de deudas

Sin embargo, existen ciertos tipos de deudas que no pueden beneficiarse de la exoneración contemplada en la Segunda Oportunidad. Entre estas deudas se encuentran:

  • Algunos créditos de derecho público, como los impuestos y sanciones tributarias.
  • Las deudas de obligación alimentaria, como las pensiones alimenticias acordadas en casos de separación o divorcio. 

Además, es importante tener en cuenta que la exoneración de deudas no aplica a aquellas obligaciones derivadas de delitos cometidos por el deudor, como las multas o indemnizaciones por responsabilidad civil derivadas de un proceso penal.

¿Cómo conseguir la exoneración de deudas?

Durante la fase judicial del proceso de Segunda Oportunidad, el deudor tiene 3 opciones para presentar el concurso voluntario según su situación económica:

  • Exoneración del pasivo insatisfecho con liquidación de activos. El deudor puede sacrificar todo su patrimonio a cambio de la cancelación de todas sus deudas.
  • Liquidación con plan de pagos. Esta alternativa ofrece una exoneración parcial y temporal de algunas de las deudas a través de un calendario de pagos adaptado a las circunstancias del deudor, permitiendo mantener su vivienda u otros bienes.
  • Concurso sin masa. El deudor que carezca completamente de bienes también puede acceder a la exoneración, sin sometimiento a un plan de pagos.

Con la resolución judicial se concluye el concurso y se obtiene la exoneración de las deudas, es decir, la cancelación de las deudas de forma definitiva.

Revocación de la exoneración de deudas

Es fundamental realizar un seguimiento y cumplir con los términos establecidos para no poner en riesgo el beneficio de la exoneración, ya que se podría llegar a la revocación del mismo en los siguientes supuestos:

  • Si los acreedores demuestran que el deudor actuó de mala fe ocultando información, cometiendo fraude o perjudicando a los acreedores.
  • Con la aparición de patrimonio oculto durante la tramitación del proceso.
  • Si el deudor ha sido condenado por delitos graves.
  • Con el incumplimiento del plan de pagos.

Los acreedores tienen 5 años para solicitar la revocación. Un juez evaluará las pruebas antes de tomar una decisión sobre mantener o revocar la exoneración.

La exoneración de deudas es una herramienta para aquellas personas que necesitan comenzar de nuevo. Si necesitas más información sobre cómo beneficiarte de ella, en MHC Abogados estamos aquí para ayudarte. Contáctanos en contacto@mhcabogados.com o llama al 623 00 37 85. Encontraremos la mejor solución para ti de forma rápida y eficiente.

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